11 junio 2007

Deducciones fiscales por compra de vivienda

Hace unas semanas publiqué un primer artículo sobre la conveniencia o no de alquilar frente a comprar una vivienda, cuando disponemos de unos ahorros suficientes para pagar la entrada. Básicamente, lo que comparaba eran los gastos por la renta mensual del alquiler (parcialmente compensados por la rentabilidad de los ahorros) frente a los gastos por el pago de intereses, compensados o no por el incremento de valor de la vivienda.

Se trataba de un modelo simplificado, válido en líneas generales, puesto de lo que se trata es de mostrar lo importante que es la revalorización futura del piso a la hora de decidir si sale más rentable por la compra o el alquiler. De todos modos voy a ir añadiendo detalles, de los cuales los más importantes son el efecto de las deducciones fiscales por compra y por alquiler de vivienda.

Desde hace ya muchos años, la compra de vivienda goza de una fiscalidad muy favorable, más que el alquiler. Ésta es una de las razones que explican que seamos un país de propietarios, y también explica en parte el alto precio de las viviendas en España. Esto sigue siendo así, aunque últimamente el desequilibrio se ha paliado en parte.

Hoy por hoy, podemos descontar (deducir) de nuestra cuota líquida (lo que nos toca pagar a Hacienda, para entendernos) el 15% de lo que hayamos pagado por la vivienda en ese año, hasta 9.015,18€ (un millón y medio de las antiguas pesetas). Es decir que nos podemos descontar el 15% de 9.015,18 euros, o sea 1.352,28 euros.

Hasta este ejercicio 2007 (declaración de la renta 2006) y bajo ciertas condiciones: que solicitemos financiación para la compra del piso, que ésta sea superior al 50% del valor de la vivienda y que durante los 3 primeros años no lleguemos a amortizar más del 40% de su valor; entonces podremos desgravarnos un poco más hasta un 25% de los primeros 4.507,59 euros durante los 2 primeros años y un 20% desde tercer año hasta el final. Para el resto hasta llegar a 9.015,18€, la deducción es la habitual, del 15%.

Resumiendo:

Hay que intentar pagar al menos 9.015,18€ cada año para aprovechar al máximo las deducciones de Hacienda.

- Si nos endeudamos por menos de la mitad de lo que vale la casa:
nos podemos ahorrar hasta 1.352,28€.

- Si el préstamo es mayor del 50% del precio de la vivienda, y vamos a tardar más de tres años en pagar el 40% de éste:

Nos ahorraremos los dos primeros años un máximo de 1.126,90€ + 676,14€ = 1.803,04€
Del tercer año en adelante, un máximo de 811,52€ + 676,14€ = 1487,66€


Sin embargo, éste es el último año con estas deducciones adicionales. Para las rentas de este año 2007 (que declararemos el año 2008), sólo se podrá desgravar el 15% de los 9.015,18 euros, o sea pagar 1.352,28 euros menos.

¡Atención! Dos cosas importantes que se pasan por alto muchas veces:

1) Si una pareja se compra una vivienda entre los dos y hacen declaraciones de la renta separadas, cada una se puede hacer esa deducción de hasta 1.803,04€ (este año es el último, a partir del año que viene lo máximo es 1.352,28€) en sus respectivas declaraciones. En total, un ahorro de unos 3000 euros al año.

2) La ley habla de préstamos en general, no necesariamente una hipoteca del banco. Vamos, que el dinero te lo puede prestar un familiar a un tipo de interés "ventajoso" y sigues teniendo derecho a esas deducciones. Ojo, que luego Hacienda te va a mirar todo con lupa porque no le hacen mucha gracia estas cosas. Pero desde luego, estás en tu derecho.

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